Adicae ha sido condenada en los últimos años por el despido de 13 trabajadores

La asociación de usuarios de banca ha tenido que hacer frente a al menos 45.000 euros en indemnizaciones

La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguro (Adicae) suma trece sentencias condenatorias en juzgados de la Comunitat Valenciana, Euskadi, Cantabria, Asturias, Madrid, Andalucía, Galicia o Aragón. Adicae, conocida por sus campañas contra la banca por las cláusulas suelo o las preferentes, ha sido condenada a pagar a estos trabajadores, al menos, 45.000 euros en concepto de  indemnizaciones y multas, según un comunicado de Agencia Informativa Tributaria, que lo acompaña con las respectivas sentencias de diversos tribunales..

El 28 de octubre de 2010 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía declaró nulo el despido de una trabajadora, obligando a Adicae a pagar 9.958,22 euros. «El cese de la demandante no pudo obedecer a la extinción de su contrato porque ni se trataba de un contrato para obra o servicio determinado ni para extinguirlo se siguieron las previsiones del despido objetivo, por lo que no cabe sino considerar su cese como un despido improcedente», esgrime el Tribunal.

Apenas tres meses y medio después, el 9 de febrero de 2011, Adicae sufría «otro revés judicial», según el comunicado. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón la condenaba por el despido de su «responsable máximo» del área de Ahorro e Inversión, que tenía contrato de auxiliar administrativo, muy por debajo de su categoría profesional. «Consta probado que la oferta de trabajo era para licenciados, que el contrato fue para auxiliar administrativo, y que las tareas realizadas fueron propias de un licenciado superior y no de un auxiliar administrativo, asesorando en materia de inversión, respondiendo a consultas en materia financiera, dando cursos sobre fiscalidad de vivienda y productos financieros, e informando sobre fraudes y reclamaciones en materia de ahorro, inversión y productos financieros», explica el Tribunal. Adicae fue condenada a pagar al trabajador 3.396,18 euros.

En mayo del mismo año, Adicae fue condenada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid a causa del despido improcedente de dos trabajadoras. «Se da la circunstancia de que en este juicio el abogado defensor de Adicae fue el propio secretario general de la asociación, Fernando Herrero», dice la nota. Adicae fue condenada a pagar 7.008,43 euros.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía «también tuvo claro, en abril de 2015, que debía declarar improcedentes los despidos de dos trabajadores de Adicae Andalucía». Entre las tareas desempeñadas se encontraba la puesta en marcha de las oficinas de Granada y Jaén, y la atención y asesoramiento jurídico a los consumidores andaluces, a pesar de que ambos contratos estaban subvencionados por la Junta de Andalucía para el desarrollo de unos proyectos en concreto y no para el trabajo diario de la asociación. Como consecuencia Adicae fue condenada por otros dos despidos improcedentes, con una sanción de 10.630,27 euros.

En mayo de 2015, la derrota judicial fue en Oviedo. La responsable de Adicae Asturias tenía un contrato de auxiliar administrativo aunque, realmente, le correspondía uno de Jefe Superior. Adicae fue condenada por el tribunal por «temeridad», ya que incluso «fue en contra de sus propios actos» al no haber acatado una sentencia anterior sobre este mismo litigio. Adicae fue condenada a pagar una multa de 2.800 euros, 300 euros por las costas del juicio y, además, una indemnización a la trabajadora. En total, 12.524 euros.

Dos meses después, Adicae fue condenada por otro tribunal madrileño. En esta ocasión las asociación también había sancionado reiterativamente a la afectada, abogada de profesión, a quien Adicae incluso acusó de «competencia desleal». En este caso, la asociación tuvo que pagar 7.630,25 euros.

Julio de 2015 fue un «mes pésimo para Adicae» ya que apenas unos días después, el 20 de julio, un tribunal de Santander la condenaba por el despido del máximo responsable de la empresa en la zona Norte –Asturias, Cantabria y País Vasco- y miembro del Consejo Nacional de Adicae. El afectado, que había interpuesto reclamaciones por categoría laboral y salarios, fue despedido porque la asociación le acusaba de haber utilizado sus oficinas para mantener reuniones con partidos políticos (Podemos) y organizaciones sociales a título individual. El tribunal consideró que Adicae había vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva del trabajador, condenándola al pago de 8.720,88 euros.

A finales de 2015 Adicae fue nuevamente condenada por otro tribunal, esta vez en Euskadi. En el fondo de la cuestión «se encontraba un plus salarial que, por convenio, cobraba el responsable de Adicae Euskadi, que previamente había sido trasladado allí desde Madrid». La empresa «intentó eliminarlo y, ante la negativa del trabajador, comenzó una serie de sanciones que provocaron varias bajas laborales por enfermedad del trabajador que, por otra parte, tenía categoría de auxiliar administrativo». El tribunal probó que dicho contrato no se correspondía con la realidad, ya que ejercía funciones de dirección de Adicae en Euskadi. El despido fue declarado nulo.

Asimismo, en junio de 2016, un juzgado de Alicante condenaba nuevamente a Adicae por el despido de otra trabajadora. En este caso, la afectada había encadenado nueve contratos temporales entre 2011 y 2015, algo que el tribunal consideró «inaceptable», abundando en que la concatenación de contratos temporales suele usarse por los empresarios «como un caramelo envenenado para seguir logrando la aquiescencia sumisa, constante y reiterada del trabajador a una situación laboral incierta». El despido fue declarado improcedente y Adicae tuvo que pagar 5.760,65 euros a la trabajadora.

Actualment, la asociación mantiene abiertos en varios juzgados 12 litigios laborales «por asuntos muy similares a los expuestos en las presentes sentencias», según el comunicado.

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